Ley Valentín entra en vigencia y abre disputa por quién debe costear las protecciones anticaídas
La normativa publicada en el Diario Oficial responsabiliza a propietarios y arrendatarios de instalar mallas en viviendas sobre primer piso con menores de 12 años. Académicas advierten…

La Ley Valentín fue publicada en el Diario Oficial y desde ahora obliga a propietarios y arrendatarios a instalar mallas y sistemas de protección en viviendas ubicadas sobre el primer piso donde vivan menores de hasta 12 años o personas con necesidades especiales en riesgo de caída.
El texto legal fija un plazo de 24 meses para que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo elabore el reglamento que definirá los estándares técnicos de los materiales, los protocolos de acreditación y las facultades de inspección.
Hasta que ese proceso concluya, la exigencia no entrará en régimen.
La tramitación legislativa respondió a un escenario de accidentes en altura. Entre 2022 y 2024 murieron 39 menores de 18 años por caídas al vacío. Entre mayo de 2025 y marzo de 2026 se registraron otras 14 víctimas fatales, 11 de ellas menores de edad.
A esa lista se sumó recientemente la muerte de un niño de 9 años en Santiago Centro.
El presidente de la Comisión de Vivienda del Senado, Fidel Espinoza (PS), valoró la promulgación y sostuvo que el objetivo es establecer mayores medidas de protección. El parlamentario planteó que quienes arriendan o son dueños de departamentos en altura con niños pequeños deben instalar sistemas de seguridad eficientes y mencionó los casos de Valentín, Isabella y un niño dominicano como ejemplos de lo que se busca evitar.
El punto más discutido es a quién le corresponde asumir la instalación. Isabel Wigg, docente de la Facultad de Derecho de la Universidad del Desarrollo, cuestionó que la obligación recaiga solo en los ocupantes finales.
Según explicó, durante la tramitación se contemplaba que las constructoras entregaran los edificios nuevos con sistemas anticaídas, pero esa exigencia fue eliminada del texto definitivo, por lo que hoy ni las constructoras ni las inmobiliarias están obligadas a implementar las medidas de prevención.
Verónica Aravena, jefa de carrera de Tecnología en Construcción de la Universidad de Santiago de Chile, respaldó la idea de incorporar estos sistemas desde el origen del proyecto. A su juicio, la opción es conveniente y técnicamente viable.
Precisó que no se trata necesariamente de instalar la malla durante la construcción, pero sí de dejar incorporados los sistemas de anclaje desde la obra gruesa, de modo que una instalación posterior quede bien afianzada a la estructura.
Durante los 24 meses previos a la entrada en régimen de la exigencia, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo deberá formalizar el reglamento oficial con los parámetros técnicos de resistencia de los materiales, los protocolos de acreditación y las facultades de inspección.
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