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    Abogado de víctima de violación grupal en Rapa Nui lleva al TC el lugar de reclusión de los marinos imputados

    Ciro Colombara presentó un requerimiento de inaplicabilidad para que los cuatro funcionarios de la Armada formalizados por el ataque sexual cumplan prisión preventiva en un recinto común…

    Equipo ChileNoticias4 min de lectura

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    Abogado de víctima de violación grupal en Rapa Nui lleva al TC el lugar de reclusión de los marinos imputados
    Imagen: La Tercera

    El abogado Ciro Colombara, representante de la víctima de una violación grupal ocurrida en un recinto militar de Rapa Nui, presentó el martes un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional para que los cuatro marinos imputados cumplan la prisión preventiva en un recinto común y no en dependencias de la Armada en Talcahuano.

    Los funcionarios están formalizados por la Fiscalía de Valparaíso por el ataque sexual contra una mujer de origen rapa nui, ocurrido entre el viernes 2 y el sábado 3 de octubre en una actividad realizada en ese recinto militar. Dos de ellos fueron formalizados el 4 de octubre y los otros dos el 9 del mismo mes.

    El caso generó indignación en la isla, donde se han realizado varias protestas en las afueras del lugar.

    Colombara sostuvo que el delito investigado no corresponde al Código Militar, sino que se trata de un ilícito común, por lo que, a su juicio, no se justifica que los imputados permanezcan en un recinto de la Armada. En entrevista con La Tercera, el martes calificó esa situación como "un privilegio inaceptable" y agregó que "es una violación a la igualdad ante la ley".

    El requerimiento ataca los artículos 137, inciso segundo, en la frase "Si fuere militar, en el cuartel o establecimiento militar de la respectiva institución que el mismo mandamiento indique", y el inciso final, en la frase "y a aquellos que a la fecha de la comisión del delito hayan tenido el carácter de militares"; y el artículo 434, ambos del Código Militar. El primer artículo regula los lugares donde los militares deben cumplir la prisión, mientras que el segundo se refiere a la situación de imputados militares involucrados en hechos de la justicia ordinaria.

    Para el abogado, esas normas contradicen el artículo 19, número 2, de la Constitución, que establece que "en Chile no hay persona ni grupo privilegiados". Colombara señaló que una de las dificultades de esta acción es que no existe jurisprudencia sobre la materia. El recurso será revisado por la Primera Sala del Tribunal Constitucional.

    Redacción propia a partir de información de La Tercera. Si encuentras un error, avísanos y lo corregimos.

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