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Domingo, 18 de octubre

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    Conservador de Santiago denuncia ante la Fiscalía Judicial que su par jubilado no hizo entrega del cargo

    Carlos Miranda ofició a la fiscal Macarena Troncoso para reportar que Luis Maldonado dejó sus registros sin el traspaso formal que exige la ley y planteó que, por antigüedad, le…

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    Conservador de Santiago denuncia ante la Fiscalía Judicial que su par jubilado no hizo entrega del cargo
    Imagen: La Tercera

    El conservador de Hipotecas y Gravámenes de Santiago, Carlos Miranda, informó a la Fiscalía Judicial de la Corte de Santiago que Luis Maldonado cesó en sus funciones sin efectuar la entrega formal de los registros que servía. El reporte quedó en un oficio de dos páginas despachado la tarde del jueves 1 de octubre a la fiscal judicial Macarena Troncoso, al que accedió La Tercera.

    Maldonado, abogado de 81 años, cumplió ese jueves su última jornada al frente del Registro de Propiedad, Comercio y Aguas y del Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar. Desde el día siguiente queda jubilado y sin facultades para ejercer como auxiliar de la justicia.

    En el escrito, Miranda recordó que el Conservador de Bienes Raíces de Santiago funciona como un solo oficio conservatorio servido por tres conservadores, con un régimen especial de reemplazo entre quienes atienden los distintos registros que lo integran.

    Citó el artículo 449 del Código Orgánico de Tribunales, que dispone que, en caso de cese del titular, este será reemplazado por los otros conservadores conforme al orden de su antigüedad. Bajo ese criterio, Miranda planteó a la fiscal Troncoso que se encontraría en la situación de asumir transitoriamente las funciones del Registro de Propiedad, Comercio y Aguas y del Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar.

    El conservador también invocó el artículo 11 de la Ley del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, que obliga a quien cesa en el cargo a efectuar la entrega formal a su sucesor y a mantener su responsabilidad mientras esa entrega no se realice. La norma añade que no puede separarse definitivamente de esa responsabilidad sin haber cumplido con la entrega, la que debe hacerse mediante un inventario formal del que se remite copia autorizada a la Corte de Apelaciones de Santiago.

    A ello sumó el artículo 482 quáter del Código Orgánico de Tribunales, sobre el traspaso del cargo de los funcionarios de la segunda serie del Escalafón Secundario del Poder Judicial, procedimiento destinado, entre otros fines, a asegurar la continuidad del servicio y la adecuada entrega de los antecedentes necesarios para el ejercicio de las funciones por quien deba asumirlas.

    Según el oficio, Maldonado se fue sin realizar ninguna entrega, situación que Miranda reportó a la Fiscalía Judicial de la Corte de Santiago.

    Redacción propia a partir de información de La Tercera. Si encuentras un error, avísanos y lo corregimos.

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